Consideraciones
De acuerdo al criterio que define cada agencia internamente, de acuerdo al tipo de servicio y donde se presta el mismo, la agencia puede necesitar emitir facturas Tipo B utilizadas para exentos o Tipo E de exportación.
En general, la letra de la factura a utilizar en el momento de facturar esta asociada a la condición de IVA del cliente, no por los trabajos que se le han realizado.
Por defecto, si el cliente es del exterior, la factura no lleva IVA. Sin embargo, en el momento de facturar permite indicar que la misma lleva IVA, de forma independiente a la letra de la factura.
Proceso
Para definir qué tipo de comprobantes y la sucursal que se va a utilizar en el momento de facturar a un cliente del exterior lo debemos definir en las Configuraciones Especiales
Combinando estas posibilidades, podemos hacer la factura como lo requiera la situación.
Importante: Esto es un proceso manual que se debe ejecutar según la forma en que se requiere hacer la factura y que se debe definir por única vez. No es un proceso que, por cada cliente, se deba efectuar este cambio.