Consideraciones

En Argentina una agencia puede ser definida como agente de percepción del impuesto a los ingresos brutos en una jurisdicción determinada, en este caso, tomaremos la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A partir de ese momento la agencia, cuando emite la factura, va a calcularle el impuesto según el padrón definido por dicha jurisdicción.


RG 296/2019 AGIP. Devoluciones de percepciones (Art. 20)

La anulación y/o devolución de las percepciones practicadas mediante la emisión de notas de crédito, procederá únicamente como consecuencia de la anulación total de la operación que se hubiera instrumentado mediante la confección de la correspondiente factura o documento equivalente, y siempre que la misma se emita, como plazo máximo, dentro de los dos (2) períodos mensuales siguientes al que se realizó la operación que diera origen.                                  

Cuando la nota de crédito que anule la factura se confeccione posteriormente a los plazos de la resolución, el sistema enviara la misma a la cuenta de resultados creada para tal fin.

El importe de la percepción de IIBB que no se puede facturar, se incluirá en una cuenta contable de resultados que debe configurar la agencia.

 

Configuración

Es necesario que la Agencia que sea agente de percepción de IIBB de CABA haga las siguientes configuraciones:

  • Se debe crear la Cuenta Contable que tenga el código de obs. IB asociado. 
  • Debe estar clasificada como Resultados - Otros Ingresos
  • Debe estar habilitado para el Módulo de Clientes.