Consideraciones:
Para los casos en los cuales no corresponde que un agente de retención del impuesto a los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectúe una retención a un proveedor de otra jurisdicción, por tratarse de una compra de bienes o prestación de servicios que fue realizada en la jurisdicción del proveedor (o en una distinta a la del agente de retención) el sistema cuenta con una configuración especial.
La configuración "Identificar Jurisdicción del Servicio" al estar en True, habilita la solapa "Ingresos Brutos" en la opción "Control y Registración de Facturas Recibidas"
Proceso:
En la carga de una factura de un proveedor, al ingresar en la pestaña "Ingresos Brutos" se puede seleccionar si la operación corresponde a Capital Federal u otras jurisdicciones.
En caso de seleccionar "Otras Jurisdicciones" al momento de efectuar la orden de pago, el sistema no calculará retenciones, en los otros casos (Capital Federal o no definido) sí los calculará.